el artículo 155 de la Constitución

EL ARTÍCULO 155 DE LA CONSTITUCIÓN

 

Anda el solar patrio tan revuelto que muchas almas piden ya sin ambages la aplicación del artículo 155 de la Constitución.  Menos son quienes optan por un ten con ten. Pero qué  dice el tan cacareado artículo. Seamos francos: nadie lo sabe. El prístino, el ejemplar manuscrito que creíamos escrito con letras indelebles como esos códices que sobreviven hasta nuestros tiempos, se ha deteriorado tanto y deslucido tan rápido que hoy, lleno como está de lepra y de un aguachirle que bien pudiera ser debido a un fregoteo inexplicable, del segundo párrafo del artículo que nos ocupa sólo podemos leer estas mansas palabras del final:  “…. las autoridades de las Comunidades Autónomas”. Y hete aquí, como debido a nuestro acervo genético tenemos los españoles capacidad sobrada para enmarañar los asuntos, la trifulca habrá de surgir ante el hecho factual de su previsible aplicación. ¿Apadrinaba o no la independencia?.

Merced a la mala calidad de los pliegos,  a una especie de filoxera que se ha filtrado por la dermis del papel o a que el guiso químico con que se hizo la tinta no tiene perdón de Dios, lo cierto y verdadero es que en la alquimia de las ideas, según quien sea su valedor o el estado anímico del mismo, el artículo mentado de nuestra Carta Magna puede pasar del aplacado al no hay quien le tosa en cuestión de segundos. De domeñar las hercúleas fuerzas del separatismo a ser un potro de tormento para España, todas las versiones han sido ocupadas por los distintos dueños de los partidos, capaces como es bien sabido de alterar la esencia misma de cualquier literalidad. Desde transformar bélicos en laborales, nuestra Constitución parece servir a todas las religiones. Como las mutaciones, interesadas o apócrifas, son legión, habremos de recoger el guante y dar nuestra propia versión acerca de los desaparecidos párrafos del artículo 155. A ser posible, sin dejar nocentes secuelas en su ya quebrantada salud.

No empeñaremos  nuestra reputación si afirmamos que aun siendo tarea posible su reconstrucción, privados de la posibilidad de consultar el texto original, su partida de bautismo, las interpretaciones se prestan a todo. Como ocurre generalmente con los insabibles. Y ello gracias, por qué no decirlo, al infame comportamiento de la subcontrata encargada de la guardia y custodia de nuestra “Ley de Leyes”. Que la cognoscibilidad del original de esta ópera prima haya quedado reducida a poco menos que un bonsái nos obliga a utilizar técnicas hasta ahora nunca empleadas. Descartados tanto el rabillo del ojo como el carbono catorce, por haberse revelado inservibles para nuestro fausto propósito, hemos realizado un trabajo de campo con los testigos presenciales del evento, luego de aplicar las últimas técnicas adivinatorias, magia Borrás incluida. Aún no carente de cierta volatilidad, la del arte de adivinar por el sonido que hacen los objetos al caer en una jofaina, bien podría servir a nuestra determinación. Dios nos corrija si no fuese así.

Ni que decir tiene que desde un punto de vista científico, al no poderlos cotejar con la fuente, los ejemplares de nuestra Constitución que circulan actualmente no merecen ninguna presunción de veracidad. Pero entre pitos y flautas, con aviesa o caricaturesca  intención, muchos viva la virgen dan filo a la lengua interpretando el texto a su libre albedrío. Con la oración en la boca, Antonio María Rouco Varela, reconstruye el párrafo de esta guisa. Cito textualmente: “Limosnera debe ser la conducta de un párroco cuando es llamado por las autoridades de las Comunidades Autónomas. He resaltado en negrita el texto del original que aún sobrevive. Naturalmente, hay versiones en todas las direcciones. Por ejemplo la de Miguel Roca i Junyent, uno de los siete padres de la Constitución. Es esta: “Los referéndums independentistas serán objeto de la exclusiva competencia de las autoridades de las Comunidades Autónomas. “¡Viva el Rey, mi chica y yo!, será el himno con que han de ser recibidas las autoridades de las Comunidades Autónomas, coligen otros vivales. Así las cosas por estos pagos, restaurar la literalidad del encuadernado cadáver, más que útil, es urgente. ¿Qué palabras hoy perdidas colgaban de la hoja que daba cuerpo al artículo 155?.

                En el momento de ser parida, la Constitución hubo de estar en sintonía con el hábitat. Tiremos, pues, de ese hilo de Ariadna que nos conducirá en un pis hacia la interpretación fetén. Una vez encarrilado el problema con lo mejor del cerebelo, la solución será de cajón. Desde nuestro privilegiado punto de observación hemos de buscar el máximo común divisor del hábitat en que reside, se reproduce y perpetua nuestra clase política, es decir, el mayor número que los divide sin dejar resto. Según nuestra percatación la respuesta es evidente: se trata de la corrupción. Luego, exhortados como estamos a decir verdad, y sabiendo por los sedimentos visionados mediante láser que el párrafo en cuestión no tenía más de tres renglones, podemos rubricar la interpretación como sigue: “Los frescos elegidos por los cuadros, sus cortesanas madres y sus enastados hermanos, se repartirán el tinglado en los cortijos regidos por las autoridades de las Comunidades Autónomas.

 

 

Fdº.: Muereteriendo sin Blanca de las Escépticas Maneras del Famoso Sol de España

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